Es un órgano administrativo que depende de la Secretaría de Estado de Economía, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio.
Sus funciones son las siguientes:
Controlar el cumplimiento de los requisitospara el acceso y la ampliación de la actividad aseguradora privada.
Las fusiones y otras operaciones entre entidades aseguradoras a supervisión ordinaria de su ejercicio, los requisitos precisos para el acceso a la actividad por entidades gestoras de fondos de pensiones, la supervisión ordinaria de su ejercicio, así como de los planes y fondos de pensiones .
Supervisión e inspección del ejercicio de su actividad por las entidades y personas enunciadas en los párrafos precedentes.
Análisis de la documentación que deben remitir las entidades aseguradoras, los mediadores de seguros y las entidades gestoras de fondos de pensionespara facilitar el control de su solvencia.
Preparar proyectos normativos en materia de las competencias del centro directivo.
Realizar estudios sobre los sectores de seguros privados, mediadores de seguros y planes y fondos de pensiones.
Coordinación de las relaciones en el ámbito de seguros privados, mediación de seguros , planes y fondos de pensiones con los comités de seguros y pensiones de jubilación y otras instituciones de la Unión Europea, con otros Estados y con organismos internacionales, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes de planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y sujetos sometidos a su supervisión, la vigilacia de la transparencia del mercado.
La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros rivados, mediación en seguros y reaseguros privados y planes y fondos de pensiones.
CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
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